Gobierno prorroga Estado de Emergencia en zonas de Ayacucho, Cusco, Junín y Piura

La norma detalla que la prórroga del Estado de Emergencia será por sesenta (60) días calendario, a partir del  7 de mayo de 2026  ANDINA/Difusión

La norma detalla que la prórroga del Estado de Emergencia será por sesenta (60) días calendario, a partir del 7 de mayo de 2026 ANDINA/Difusión

00:39 | Lima, may. 7.

El Gobierno emitió esta noche dos dispositivos legales mediante los cuales prorrogó el Estado de Emergencia en diversas localidades de Ayacucho, Cusco, Junín y Piura.

El Decreto D.S. N° 063-2026-PCM, publicado en el boletín de Normas Legales del Diario El Peruano, prorroga el Estado de Emergencia declarado en los distritos de Anco, Ayna, Santa Rosa, Samugari, Anchihuay, Río Magdalena y Unión Progreso de la provincia de La Mar del departamento de Ayacucho. 


De igual manera, extiende la vigencia de esta medida extraordinaria en los distritos de Kimbiri, Villa Kintiarina, Villa Virgen, Echarate, Megantoni, Kumpirushiato, Cielo Punco y Manitea de la provincia de La Convención del departamento de Cusco y; en los distritos de Pangoa y Río Tambo de la provincia de Satipo del departamento de Junín. 

La norma detalla que la prórroga del Estado de Emergencia será por sesenta (60) días calendario, a partir de hoy, 7 de mayo de 2026, y tendrá como objetivo hacer frente a la comisión de delitos como tráfico ilícito de drogas, entre otros delitos conexos y otras situaciones de violencia. 


Durante la vigencia de esta medida, la Policía Nacional del Perú mantiene el control del orden interno, con acciones de apoyo de las Fuerzas Armadas y determina las zonas de intervención sobre la base de inteligencia, indicadores, estadísticas, mapas del delito, entre otros instrumentos.

Estado de emergencia en zonas de Piura 

De otro lado, se publicó el Decreto Supremo Nº 064-2026-PCM que prorroga Estado de Emergencia declarado en los distritos de Piura, Castilla, Veintiséis de Octubre y Catacaos de la provincia de Piura, en los distritos de Sullana y Bellavista de la provincia de Sullana, en la provincia de Paita y en la provincia de Talara del departamento de Piura y dicta otras disposiciones.

El dispositivo legal detalla que la vigencia de esta medida será ampliada por sesenta (60) días calendario, a partir de hoy, 7 de mayo de 2026. En su primer artículo, se indica que el objetivo de la norma es hacer frente a la criminalidad y otras situaciones de violencia. 


Durante la vigencia de esta medida, la Policía Nacional del Perú mantiene el control del orden interno, con acciones de apoyo de las Fuerzas Armadas y determina las zonas de intervención sobre la base de inteligencia, indicadores, estadísticas, mapas del delito, entre otros instrumentos.

Ambas normas llevan las firmas de José María Balcázar Zelada, presidente de la República, Luis Enrique Arroyo Sánchez, presidente del Consejo de ministros, Amadeo Javier Flores Carcagno, ministro de Defensa, José MercedesZapata Morante, ministro del Interior y Luis Enrique Jiménez Borra, ministro deJusticia y Derechos Humanos.


Más en Andina: 

(FIN) KGR


Publicado: 7/5/2026