El Indecopi informó que sancionó al Banco de Crédito del Perú (BCP) con una multa de 6.22 UIT, equivalente a 34,210 soles, por incumplir el beneficio de “cash back” ofrecido a un consumidor en su tarjeta de crédito.
La Comisión de la Oficina Regional del Indecopi en Arequipa, en segunda instancia administrativa, confirmó la sanción tras determinar que la entidad vulneró el deber de idoneidad establecido en el artículo 19° del Código de Protección y Defensa del Consumidor.
Según el caso, el banco no otorgó la devolución mensual del 1 % de las compras realizadas con la tarjeta de crédito Visa Clásica Masiva del usuario, beneficio que había sido previamente ofrecido.
Durante el procedimiento, el BCP argumentó que el “cash back” correspondía a una campaña promocional temporal y que estaba limitado a determinados consumos; sin embargo, no logró sustentar dichas condiciones, por lo que se le impuso una multa de 2.44 UIT.
Asimismo, el Indecopi señaló que la entidad financiera infringió el numeral c) del artículo 56.1 del Código, que prohíbe modificar las condiciones de un producto o servicio sin el consentimiento del consumidor. Por esta conducta, se le aplicó una multa adicional de 3.78 UIT, al no demostrar que informó oportunamente sobre cambios en el beneficio.
De esta manera, la Comisión confirmó la decisión emitida en primera instancia por el Órgano Resolutivo de Procedimientos Sumarísimos (ORPS) de la sede regional. La Resolución Final N.° 0014-2026/Indecopi-AQP es de acceso público.